Todo Extranjero que reciba jubilación o pensión por parte de gobierno extranjero, organismo internacional o empresa privada, que ingrese al territorio nacional y desee radicarse en Panamá; podrá solicitar la residencia permanente, siempre y cuando cuente con los medios económicos para sufragar todos sus gastos de subsistencia y los de sus dependientes en el país. La pensión mensual no podrá ser inferior a mil dólares US$1,000.00 y dese ser concedida de forma vitalicia.